BASES Y REGLAMENTO DE LA CONVOCATORIA «PUEBLOS DE ESPAÑA CON TESORO»
EL PATRIMONIO ARTÍSTICO Y CULTURAL DE LOS PUEBLOS DE ESPAÑA
España es un país rico en patrimonio artístico y cultural, con una historia y una tradición únicas que se refleja en sus monumentos, museos, edificios y pueblos. Sin embargo, mientras que muchas ciudades y regiones españolas son reconocidas y valoradas a nivel global, los bienes artísticos y culturales de los pueblos menos conocidos a menudo pasan desapercibidos.
Estos pueblos tienen un gran potencial turístico y cultural que podría ser desarrollado con una mayor promoción y difusión de su patrimonio. Desde iglesias y monumentos históricos hasta colecciones locales de arte, imaginería y objetos antiguos, los pueblos de España tienen mucho que ofrecer a los visitantes y al mundo en general.
Del mismo modo, la promoción de las riquezas culturales de los pueblos de España puede tener un impacto significativo en el desarrollo económico y social de estas áreas, ya que el turismo puede generar ingresos y empleo en la región. Además, la promoción y difusión del patrimonio artístico y cultural de los pueblos puede ayudar a preservar y proteger estos bienes para las generaciones futuras.
Parece clara, pues, la importancia de tomar medidas concretas para difundir y promover el patrimonio artístico y cultural de nuestros pueblos. Esto podría incluir el desarrollo de guías turísticas, la creación de recursos en línea y la organización de eventos culturales. También podría considerarse la colaboración con organizaciones locales y regionales, así como con instituciones culturales y museos, para impulsar iniciativas que fomenten la difusión y promoción del patrimonio artístico y cultural.
«Pueblos de España con Tesoro» nace de la convicción y necesidad de divulgar el inmenso capital artístico del que disponen los pueblos de nuestra geografía. Como ya se ha puesto de relieve anteriormente, la propia historia de nuestro país y las diferentes culturas que lo han conformado nos han hecho depositarios de un patrimonio inigualable que, más allá de las grandes ciudades, se encuentra repartido a lo largo y ancho de nuestro territorio. Un auténtico tesoro, muchas veces oculto al conocimiento de todos aquellos que no sean habitantes de la zona, y que queremos poner en valor dándolo a conocer a través de esta convocatoria.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y DEL CONCURSO ASOCIADO A LA MISMA
La Fundación Antonio Gala lleva más de veinte años dedicada a la promoción y difusión del arte y la cultura, apoyando y fomentando la creación, producción y difusión de obras y actividades artísticas y culturales.
Planeta Gala, la plataforma de televisión interactiva de la Fundación Antonio Gala, pone en marcha «Pueblos de España con Tesoro», nace de la convicción y necesidad de divulgar el inmenso capital artístico y cultural del que disponen los pueblos de nuestra geografía. La propia historia de nuestro país y las diferentes culturas que lo han conformado nos han hecho depositarios de un patrimonio inigualable que, más allá de las grandes ciudades, se encuentra repartido a lo largo y ancho de nuestro territorio. Un auténtico tesoro muchas veces oculto al conocimiento de todos aquellos que no sean habitantes de la zona y que queremos popularizar llevándolo al mundo entero a través de esta convocatoria.
Para conseguir sus objetivos, «Pueblos de España con Tesoro» se articula en torno a dos conceptos complementarios: Por una parte, la difusión pública online de los bienes y las localidades que los alojan, en base material audiovisual que nos envían y, por otro lado, la concesión del galardón que anualmente los distinga como ganador o finalista del concurso. Ambos conceptos se regirán por las normas recogidas en el reglamento que se expone a continuación.
REGLAMENTO DE «PUEBLOS DE ESPAÑA CON TESORO»
ARTÍCULO 1- DIPLOMA DE «PUEBLOS DE ESPAÑA CON TESORO»
El diploma de esta convocatoria incorpora la denominación «Pueblos de España con Tesoro», así como por sus correspondientes logos, logotipos e insignias (en adelante, PECT).
El siguiente reglamento tiene por objeto definir la modalidad de atribución, el uso y la retirada del diploma PECT.
PECT otorga el derecho de su uso por parte de municipios o pueblos que reúnan los requisitos expuestos en este reglamento de uso y su ámbito será todo el reino de España.
PECT contempla la posibilidad de ser utilizada por entidades sin ánimo de lucro, así como por parte de personas físicas y/o jurídicas, siempre y cuando suscriban el presente reglamento.
ARTÍCULO 2 – CRITERIOS DE ADMISIÓN
Podrá inscribirse en «Pueblos de España con Tesoro» cualquier bien artístico, material o inmaterial, presentado por el Ayuntamiento de la localidad o por personas físicas o jurídicas.
Para que la inscripción en la convocatoria vigente sea posible todos los participantes deben satisfacer los siguientes criterios:
1– Tener una población no superior a 20.000 habitantes (según los datos a fecha de inscripción de la FEMP). Este criterio es directamente eliminatorio.
2- Presentar un bien artístico, material o inmaterial, del patrimonio local, entendiendo como tal el que tiene su origen en la creación humana, certificado mediante documento con validez suficiente a juicio de la organización.
A efectos enumerativos y no exhaustivos, se considerarán bienes artísticos o culturales susceptibles de ser inscritos:
- Aquellos que puedan ser cambiados de ubicación como, por ejemplo, cuadros, esculturas, tallas, códices, etc.
- Elementos concretos situados en el término local como puentes, fuentes, luminarias, etc.
- Espacios singulares dentro de una edificación, ya sea por razones arquitectónicas, de diseño o de historia.
- Edificaciones consideradas de forma aislada, elementos especiales de fachadas o fachadas completas.
- Los bienes inmuebles inscribibles se limitan a un conjunto de construcciones homogéneas que formen una unidad artística (calle, conjunto de calles o plaza).
- Manifestaciones culturales singulares de una localidad (agrupaciones musicales, danzas típicas, etc.).
3- Justificación de la calidad del bien a inscribir aportando, obligatoriamente, los medios siguientes:
- 4 Fotografías actuales y hasta 3 vídeos promocionales del bien cultural o artístico. Las características de este material serán las siguientes:
- Fotografías:
- Formato jpg.
- Tamaño: 1920 x 1080 px.
- Resolución: 72 ppp.
- Vídeo:
- Contenedor: mp4.
- Formato: 16:9 (obligatorio); 9:16 (opcional).
- Duración: comprendida entre 2 y 4 minutos.
- Fotografías:
- Declaración responsable sobre la autoría, fecha de creación y descripción detallada del bien cultural o artístico, que incluirá historia y contexto, estado de conservación en el momento de la inscripción, así como una valoración artística.
- Accesibilidad al bien, accesos al municipio y recomendaciones para los viajeros (festividades, climatología, alojamientos, restaurantes, etc.).